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El Partido Popular presentó en el día de ayer un recurso de Reposición contra la Ordenanza de Convivencia Ciudadana aprobada inicialmente en el pleno del pasado 30 de septiembre. Dicha aprobación contó con el apoyo de IU y PSOE, y los votos en contra de PP y Ciudadanos. El recurso está basado en los argumentos expuestos en el pleno por la concejala popular Nuria García y sobre los que el Partido Popular basó su oposición a la aprobación de la Ordenanza.
Nuria García manifiesta a este respecto que “se trata de una ordenanza que en nuestra opinión es contraria a derecho en varios de sus artículos fundamentales, sobre todo, aquellos que hacen referencia al régimen sancionador contemplado en la misma”. “Si está Ordenanza es aprobada definitivamente sin tener en cuenta nuestro recurso, podría darse el caso de que ante cualquier infracción un ciudadano pueda ser sancionado doblemente, tanto en el orden administrativo como en la jurisdicción penal, por el mismo hecho, vulnerando así un principio fundamental del Derecho contemplado en nuestra Constitución, el principio “non bis in idem”.
Así mismo los populares consideran que la propia redacción de la ordenanza, contiene gazapos jurídicos inadmisibles cuando de actualizar la vigencia de la normativa municipal se trata. La ordenanza aprobada inicialmente por IU y PSOE hace referencia en su artículo 96 “Apreciación de delito o falta”, a un término jurídico obsoleto, puesto que las faltas fueron derogadas en 2015.
Afán recaudatorio y prohibicionista
Además de las cuestiones jurídicas detalladas anteriormente y que desde el Partido Popular esperan que sean corregidas tras la presentación del recurso de reposición, los populares consideran que la ordenanza en sí no se ajusta a la realidad social de un municipio como Aspe, en lugar de fomentar la convivencia opta por establecer medidas coercitivas y esconde un trasfondo puramente recaudatorio.
Como ejemplo de lo anterior, la ordenanza contiene regulaciones sobre ferrocarril o tranvía inexistentes en nuestro municipio y el Partido Popular advierte que, si esta ordenanza entra en vigor tal y como está redactada a día de hoy, los vecinos serán sancionados con multas de hasta 750€ por acciones tan cotidianas como, tender en el interior de balcones o terrazas, realizar ciertas actividades de juego fuera de lugares expresamente destinados para ello cuando no contamos con espacios específicos para tal fin o el reparto de publicidad en la vía pública por parte de comercios y negocios.
Sergio Puerto concluye manifestando que “además nos parece un despropósito que en los tiempos que corren se establezcan sanciones con multas de hasta 750€ para personas en riesgo de exclusión que, por desgracia, no tienen otra alternativa que ejercer la mendicidad de manera respetuosa haciendo sonar su instrumento en la vía pública o buscar en los contenedores próximos a los comercios de alimentación algo que llevar a casa al final del día. La pregunta que deberíamos hacernos es, ¿pensamos que quienes realizan estos actos lo hacen por gusto?, ¿de verdad pensamos que por el mero hecho de hacerlo merecen ser sancionados con multas que no van a poder pagar? Nosotros nos la hemos hecho y la respuesta es NO.”