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La Policía Local de Petrer detuvo en la tarde del pasado viernes a un vehículo cuyo conductor circulaba sin el cinturón de seguridad. La sorpresa de los agentes fue mayúscula cuando se acercaron para proceder a la identificación del conductor y el fuerte olor a marihuana les puso en alerta.
Una vez procedieron a realizar la prueba de drogas dio positivo no solo en cannabis sino también en cocaína.
El operativo se llevó a cabo en un punto estático en la zona Centro, dentro del operativo habitual para el control y la seguridad del tráfico rodado. El vehículo quedó inmovilizado.
La Policía Local realizó una muestra de saliva, el cual detecta la presencia de cinco sustancias diferentes: anfetaminas, cocaína, THC, cannabis y metanfetaminas. Si el resultado es positivo se pasa a tomar una segunda muestra que es precintada y enviada un laboratorio para confirmarlo.
La mera presencia de drogas en el organismo es sancionable. Sin embargo, se diferencia entre dicha presencia y que la capacidad de conducir esté claramente
mermada.
La multa por consumo de drogas es de mil euros y la detracción de 6 puntos del carnet de conducir. Además, es muy importante tener en cuenta que nos encontramos ante un resultado binario, sí o no, y que no vale eso de “he consumido un poquito”, siendo incluso posible detectar un consumo hasta con 24 horas de antelación.
Sin embargo, llegados a este punto es preciso distinguir entre conducir con presencia de drogas en el organismo y bajo la influencia de ellas.
La primera situación, que se corresponde a la sanción anteriormente expuesta, tiene lugar cuando se ha consumido dichas sustancias pero no se presentan signos evidentes que alteren o afecten a la conducción.
Por el contrario, si se apreciasen esos efectos que dificultan notablemente la tarea de conducir, la sanción llevaría aparejada la retirada del carnet de conducir entre 1 y 4 años, así como une pena de prisión entre 3 y 6 meses conmutable.