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Algunas entidades financieras han anunciado que este mes de junio aumentarán el importe de la comisión de mantenimiento de la cuenta bancaria. ¿Pueden hacerlo? Sí, pueden hacerlo. Para ello, el banco ya comunicó la modificación contractual. Ésta se ha de hacer de forma individualizada, con una antelación mínima de dos meses respecto de la fecha de su entrada en vigor, y de forma independiente de los documentos de liquidación de las operaciones.
¿Qué puedo hacer si no estoy conforme? Tiene derecho a cancelar el contrato sin coste adicional alguno antes de la entrada en vigor de las nuevas condiciones.
¿En qué situaciones puedo solicitar no pagar comisión de mantenimiento? Estas son algunas de las situaciones en las que se puede solicitar al Banco que no cobre comisión de mantenimiento:
1.- Cuenta de pago básica
Los bancos no solo se encuentran obligados a ofrecer este tipo de cuentas sin condicionar su contratación a la suscripción de otros servicios, sino también a darlas a conocer e informar sobre sus características.
- a) Comisión máxima de 3 euros mensuales
Requisitos. Entre otros, no tener otra cuenta bancaria abierta, no superar más de 120 apuntes al año ( transferencias y adeudos).
- b) Comisión 0 euros
- –Que los ingresos anuales de la unidad familiar no superen determinados límites, establecidos. Estos límites se fijan de acuerdo al indicador público de renta de efectos múltiples de doce pagas (IPREM) que se publica anualmente y son más o menos exigentes en función de los miembros de la unidad familiar.
- Que no tenga derecho alguno sobre inmuebles distintos a tu vivienda habitual, ni sobre sociedades mercantiles.
2.- Cuenta con hipoteca.
Si tiene una hipoteca contratada con el Banco, no corresponde pagar comisión de mantenimiento de cuenta, siempre y cuando:
– La cuenta se dedique en exclusiva a pagar las mensualidades de la hipoteca sin ninguna domiciliación más.
– Y que la hipoteca esté firmada en fecha anterior a 29 de abril de 2012.
– En hipotecas firmadas con posterioridad a 29 abril de 2012, ver información ampliada en el enlace a la web del Banco de España.
3.- Cuentas con requisitos establecidos por el Banco.
La comisión de mantenimiento ”0 euros” en las entidades financiera suele estar condicionada a cumplir algunos requisitos, como por ejemplo puede ser: realizar un ingreso mínimo mensual, tener contratado uno o varios productos como un seguro o un plan de pensiones, mantener un saldo mínimo, que la cuenta sea on-line o ser pensionista etc. No son condiciones establecidas por una norma legal y que un consumidor pueda exigir, si no que cada Banco decide qué requisitos debe cumplir su cliente para no cobrar la comisión.
Los bancos son empresas privadas que libremente configuran sus productos y precios. Es el Banco de España la entidad que supervisa que se cumplan las normas de transparencia bancaria que son exigibles en estos casos.