El Ayuntamiento de Novelda modifica el Plan de Ajuste ante la situación de riesgo financiero
El Plan de Ajuste marca una hoja de ruta con las medidas que se han de adoptar por la administración local para mejorar las cifras de endeudamiento y de periodo de pago a proveedores que actualmente superan de forma muy notable las que permite la Ley.
Según el edil responsable del Área Económica Armando Esteve, “se trata de ahondar y cumplir con las medidas que ya estaban recogidas en el plan vigente, añadiendo otras nuevas para poder pagar las nóminas, cumplir con los préstamos y no seguir subiendo la deuda comercial”. “Todos conocemos que la situación del ayuntamiento es grave, y que esta situación es tanto la consecuencia de gestiones irresponsables como de no haber querido afrontar la realidad, por lo que este equipo de gobierno no debe caer en los mismos errores y tenemos que afrontar nuestra responsabilidad para que a medio y largo plazo podamos dar mejores servicios”.
Para Esteve la refinanciación permitiría mejorar la liquidez, que es otro de los puntos débiles de las cuentas del ayuntamiento, debido a la acumulación de pagos prevista para los próximos años por los vencimientos para la amortización de la deuda financiera y por los miles de facturas que no se han pagado en los últimos años. Mientras que el pequeño ahorro en intereses, junto con el ahorro generado por las medidas previstas en el Plan de Ajuste debe ser utilizado según marca la Ley para reducir la deuda con los proveedores y resto de obligaciones reconocidas como las expropiaciones.
Entre las medidas clave ya recogidas en el Plan en vigor figura la correcta financiación o reducción de los servicios que presta el ayuntamiento y que no son competencia municipal como la escuela infantil, y los conservatorios de música y danza. La no contratación y ajuste de las productividades en el área de personal, y un reajuste a la baja de las grandes contratas.
Del mismo modo se va proceder a mantener los actuales ingresos a través del IBI, compensando el decremento recaudatorio en este concepto, al no ser de aplicación en este ejercicio el incremento del 10% del tipo impositivo, introducido por el Gobierno Central en 2013, mediante la actualización los valores catastrales para el 2016 tal y como ha previsto el catastro. Además se va a Potenciar la inspección tributaria para descubrir hechos imponibles no gravados, entre otros mediante el procedimiento de regularización catastral 2013-2016 regulado por la Ley del Catastro Inmobiliario, para la incorporación al Catastro y valoración a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tanto de las construcciones omitidas total o parcialmente, como de las modificaciones en los datos físicos de los inmuebles que sean incorrectos o incompletos, con el fin de disminuir el fraude y evitar subidas al conjunto de los ciudadanos.