#Aspe: La Audiencia Provincial de Alicante confirma la absolución de Iván Escobar y desestima el recurso del Ayuntamiento de Elda
La sentencia ratifica íntegramente el fallo del Juzgado de Novelda y declara que no procede modificar el pronunciamiento absolutorio

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha desestimado el recurso de apelación presentado por el Ayuntamiento de Elda y ha confirmado íntegramente la sentencia que absolvía al exconcejal de Aspe, Iván Escobar, del delito leve de prevaricación administrativa.
En la resolución, fechada el 15 de enero de 2026, la Audiencia confirma el fallo dictado el 14 de
agosto de 2025 por el Juzgado de Instrucción número 3 de Novelda y rechaza la nulidad solicitada por el consistorio eldense.
El fallo es claro: “DESESTIMANDO el recurso de apelación interpuesto por la parte apelante EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ELDA (…) debo confirmar y CONFIRMO dicha resolución”.
La Audiencia avala la valoración de la prueba realizada en primera instancia
El Ayuntamiento de Elda sostenía en su recurso que la sentencia absolutoria había incurrido en error en la apreciación de la prueba y solicitaba su nulidad. Sin embargo, la Audiencia Provincial considera que no existe una valoración ilógica ni apartada de la experiencia por parte del juez de primera instancia.
La resolución señala expresamente que “no aprecia esta Sala que el Juez a quo haya realizado una valoración ilógica de la prueba o se haya apartado de las máximas de la experiencia”.
Asimismo, la Sala concluye que la decisión absolutoria no incurre en vicios de razonamiento y que no procede su modificación.
La responsabilidad de comprobar los requisitos correspondía al órgano decisor
Uno de los aspectos centrales del recurso era la supuesta consignación incorrecta del número de orden en la bolsa de trabajo por parte del denunciado.
Sin embargo, la Audiencia recuerda que el órgano decisor no está vinculado por la solicitud del candidato y que tenía la obligación de verificar la documentación disponible.
En este sentido, la sentencia subraya que “le compete la obligación de examinar las propuestas y comprobar el cumplimiento de los requisitos y el número de orden en la lista” .
La Sala añade que la documentación obrante permitía comprobar fácilmente esos extremos, por lo que la conclusión alcanzada en primera instancia no puede considerarse ilógica ni arbitraria.
Confirmación íntegra y costas de oficio
En su parte dispositiva, la Audiencia Provincial acuerda confirmar la sentencia recurrida y declara de oficio las costas de la alzada.
De esta forma, queda ratificada la absolución de Iván Escobar en el procedimiento por delito leve de prevaricación administrativa.
Declaraciones del alcalde de Aspe
Tras conocerse la resolución, el alcalde de Aspe ha manifestado que “la Audiencia Provincial ha ratificado la sentencia del tribunal de primera instancia de Novelda” y ha señalado que la resolución “clarificaba como responsable al Ayuntamiento de Elda”.
El primer edil también ha indicado que, a su juicio, la sentencia “hace responsable al alcalde de Elda, Rubén Alfaro, y a su concejal de Recursos Humanos de saltarse la lista a pesar de recibir la lista correctamente por parte del Ayuntamiento de Aspe”.

