AspeComercio y Ciudad - Aspe

#Aspe: Requisitos, medidas y solicitudes para la reapertura de terrazas de hostelería

Puedes consultar toda la información relativa a la actividad

El ayuntamiento de Aspe ha informado de las condiciones que deben cumplir los establecimientos hosteleros para poder reiniciar la actividad en relación al servicio de terrazas. Estas son las acciones que el consistorio ha establecido para facilitar la puesta en marcha del servicio:

  • Aumento en superficie de hasta un 30 % de ocupación de vía pública que se ha realizado en años anteriores y  * siempre que el espacio y la vía pública lo permita.
  • En caso de los establecimientos que no hayan solicitado terrazas y quieran solicitarlas se estudiara la posibilidad y viabilidad del espacio.
  • Distancia física de al menos 2 metros entre las mesas, para dicho fin se establecerá dos tipos de ocupaciones, en función de las condiciones y peculiaridades de la vía.

*el interesado deberá marcar el espacio habilitado para la ocupación (cuadrado o rectángulo) mediante cinta adhesiva en el suelo de color visible, tal y como se indica en el dibujo en color rojo, debiéndose mantener durante todo el periodo de fases hacia la nueva normalidad.

¿Como se deben realizar las solicitudes?

  • Se deberá comunicar la ocupación previamente a la misma mediante instancia general adjuntado croquis a mano alzada de la superficie que se pretende habilitar indicando las distancias. Se puede realizar de forma telemática a través del correo:  oac@aspe.es – Teléfono: 966 919 900
  • Siempre se garantizará una banda libre peatonal mínima de paso de 1.20 m.
  • En ningún caso se podrá dificultar el paso peatonal ni afectar a la seguridad del tráfico, ni obstaculizar entradas a viviendas, rebajes de accesibilidad, bocas de riego, salidas de emergencia, vados, reservas de estacionamiento ni cualquier otra instalación o espacio de interes público o legítimo.

Medidas de higiene en la prestación del servicio en terrazas.

  • Limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro.
  • Se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso. En el caso de que esto no fuera posible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios.
  • Se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados y registrados por el ministerio de sanidad, en todo caso en la entrada del establecimiento o local, que deberán estar siempre en condiciones de uso.
  • Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, evitando, en la medida de lo posible, el uso de dinero en efectivo. Se limpiará y desinfectará el datáfono tras cada uso, así como el TPV si el empleado que lo utiliza no es siempre el mismo.
  • Se evitará el uso de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares.
  • Los elementos auxiliares del servicio, como la vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.
  • Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.
  • La ocupación máxima de los aseos por los clientes será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. deberá procederse a la limpieza y desinfección de los referidos aseos, como mínimo, seis veces al día.
Ver más

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba