#Aspe: Archivan la denuncia por la Zona Azul contra el alcalde y el concejal de Seguridad
El auto acuerda el sobreseimiento provisional de la causa en contra del alcalde, el edil de Seguridad y dos mandos policiales
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Novelda ha ordenado el archivo de la denuncia interpuesta por el Ministerio Fiscal por posible delito de cohecho por la retirada de multas de la Zona Azul de Aspe. La denuncia se interpuso contra el alcalde de Aspe, Antonio Puerto, el concejal de Seguridad, Chema García Payá, y dos mandos policiales por un presunto delito de cohecho.
Según el auto del juzgado de Novelda “no existen indicios de la comisión de delito alguno por parte de los investigados”, ya que “como consecuencia de un anormal funcionamiento de la zona azul en la localidad de Aspe, por parte del equipo de gobierno, junto a la Policía Local y a SUMA, se buscaron medios para dar solución a ello dado que los ciudadanos venían estacionando sus vehículos por más de una hora sin que retrasen el mismo transcurrido el lapso permitido, lo que conllevaba diversas quejas de comerciantes dada la aparente inactividad por parte de la Policía Local” .
Por ello, el juzgado entiende que desde el Ayuntamiento de Aspe “se decidió la contratación de personal externo para que regulase el sistema de la zona azul, habiendo convenido en la realización de una fase de información a la ciudadanía con la finalidad de concienciar a ésta para que se respetase la zona azul, por lo que por parte del equipo de gobierno se dieron las órdenes respectivas a los responsables de la Policía Local, con la finalidad de que éstos llevasen una labor de acompañamiento y asistencia al personal contratado durante el primer mes. Lo que ocurrió es que algunos de los agentes de la policía local, en vez de realizar labores de acompañamiento, procedieron a la imposición de multas, llevando a una confusión a la ciudadanía dado que desde diversos medios de comunicación se había informado que durante el primer mes, tenía carácter informativo anunciando que no se iba a multar por ello”.
En cuanto al hecho de que algunos conductores no procedieran abonar la multa y otros la pagaran para beneficiarse de la bonificación del 50% por pago adelantado, el auto recoge que el alcalde “Sr. Puerto García en su declaración manifestó que la intención por parte del Ayuntamiento es la de devolver el dinero que se ha cobrado, este manifestó que ha preferido esperar al resultado de esta querella con la finalidad de no desvirtuar la misma, pero que su intención es proceder a la devolución de todo el dinero abonado por los conductores que pagaron las multas”.
Por ese motivo el auto considera que “no se observa en consecuencia conducta delictiva en la actuación de los investigados”, puesto que no concurren los elementos propios de la acusación por cohecho, “ya que ni se aprecia que los mismos hayan solicitado o recibido dádiva, favor o retribución alguna, ni que tampoco hayan aceptado ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar”, por lo que “se concluye la ausencia de indicios suficientes de criminalidad”.
Por todo ello, el juzgado acuerda “el sobreseimiento provisional de las actuaciones por no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que ha dado motivo a la formación de la causa”.