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#Aspe: La OMIC informa de las principales reclamaciones de los aspenses

El aumento factura del agua, el cierre de la clínica Ideal de Petrer, los gastos hipotecarios y las rebajas son las consultas más recurrentes

La concejal de Participación y Consumo, Aroa Miralles, acompañada por Remedios Botella, Inspectora de Consumo han dado a conocer las principales causas de consulta de los vecinos aspenses en la OMIC, la Oficina Municipal de Información al Consumidor.  Estos pasan por la subida general en la factura del agua, debido al cargo del canon de saneamiento de la Generalitat, prorrateado desde 2022; los derechos  de los consumidores en el actual periodo de rebajas; el procedimiento de actuación para las personas afectadas por el cierre de la clínica estética Ideal y todas sus franquicias y los pasos a seguir para reclamar los gastos de constitución de las hipotecas firmadas antes de 2019. 

Referente al aumento del importe de las últimas facturas de agua, se debe a dos cuestiones:

1/ El cobro del Canon de Saneamiento, que había dejado de cobrarse durante un año (Desde el 1/08/2022 hasta el 31/07/2023)

2/ Y el cobro prorrateado en 36 meses del Canon de Saneamiento no cobrado durante un año.

Es por ello que este aplazamiento seguirá apareciendo en la factura de agua hasta el 30 de septiembre de 2026.

El canon de saneamiento es un tributo de la Generalitat Valenciana destinado a cubrir el coste del tratamiento y depuración de las aguas residuales así́ como de construcción de Estaciones de Tratamiento de Aguas Residuales. Consta de una cuota de servicio y una cuota de consumo que depende de los m3 de agua consumida.

La Omic ha tenido constancia de varios casos de aspenses que se han visto afectados por el cierre repentino de los centros Ideal, con una de sus clínicas en Petrer. Desde Consumo, se recomienda a las personas afectadas interponer reclamación contra este centro en la que se detalle el caso particular y las cantidades que se reclaman. Al estar cerrada la empresa, es recomendable que la reclamación se efectúe por burofax dirigida al domicilio social de la misma.

Si el tratamiento se hubiera financiado, la reclamación también debe dirigirse a la entidad financiera que haya concedido el crédito vinculado, argumentando para ello la suspensión del tratamiento o el cierre del establecimiento. Importante en estos casos es no dejar de pagar la financiación.

Si la entidad prestamista no atendiera las peticiones de la persona afectada, a continuación, se podría presentar la oportuna reclamación ante la OMIC. La entidad facilita dos modelos de reclamación para que los afectados puedan enviar mediante burofax tanto a los Centros Ideal como a la entidad financiera correspondiente. Este método garantiza que la reclamación se tramite de manera adecuada.

Otro de los asuntos que interesan a los aspenses es la reclamación de gastos para las hipotecas firmadas antes del 15 de junio de 2029, ya que en aquellos años era común que los bancos imputaran todos los gastos a los solicitantes de las mismas.

A partir del 16 de junio de 2019 entró en vigor la Ley Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario y esta cuestión cambió. Estamos hablando de gastos de gestoría, tasación y registro en su totalidad, así como el 50% de los gastos de notaría.

El plazo para reclamar estos gastos es de cinco años, pero surge la pregunta crucial de cuándo comienza a contar dicho plazo. Los bancos argumentaban que el plazo empezaba en el momento de la firma de la hipoteca, mientras que los tribunales europeos rechazaban esta posición por generar indefensión a los consumidores.

Fue la sentencia del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2019 la que declaró nulas las cláusulas de imputación de gastos al cliente y es la que ha servido de punto de partida para contar esos 5 años de plazo para reclamar, aunque se sigue cuestionando. Es por eso que ayer, 23 de enero de 2024, era la fecha tope para reclamar.

La cuestión es que ahora se interpreta que a ese plazo habría que añadirle los 82 días que, durante el estado de alarma, estuvieron suspendidos los plazos de prescripción y caducidad, por lo que el nuevo plazo sería hasta el 14 de abril de 2024.

Hay otra interpretación que dice que el plazo comenzará a contar cuanto se tenga la declaración de nulidad de la cláusula. No hay que olvidar que estamos hablando de interpretaciones jurídicas, por lo que es un terreno incierto.

Y por último las rebajas, sobre las que siempre surgen dudas, aunque desde la OMIC dejan claro que se rebaja el precio, pero no hay rebaja ni en la calidad del producto ni en los derechos de los consumidores.

La concejal de Participación y Consumo, Aroa Miralles, ha aprovechado para remarcar algunos de los objetivos de su concejalía para 2024 “queremos ser transparentes y responder de manera rápida a las demandas de los ciudadanos.  Desarrollaremos dos líneas de acción, una primera dirigida a calendarizar las actividades anuales que se organizan desde el tejido asociativo, para evitar solapes y mejorar las relaciones de colaboración con el Ayuntamiento, y una segunda línea para acercar a la ciudadanía los diferentes servicios públicos de atención”.

La web municipal recogerá toda la información de la OMIC en un espacio exclusivo titulado “Consejos de la OMIC” que publicará contenido cada 15 días. 

La ciudadanía puede acudir a la OMIC ante cualquier duda o consulta. Se ofrece atención individual con cita previa a través del teléfono 966 919 900 y el correo electrónico  omic@aspe.es

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